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miércoles, 24 de diciembre de 2014

LEY DE ESPIONAJE DE 1917 PARA EEUU




La Ley de Espionaje de 1917 (Pub. L. 65-24, 40 Stat. 217, promulgada el 15 de junio 1917) es una ley federal de los Estados Unidos aprobada el 15 de junio de 1917, poco después de la entrada de EE.UU. en la Primera Guerra Mundial. Ha sido modificada varias veces a lo largo de los años. Originalmente se encontraba en el Título 50 del Código de los EE.UU. (Guerra), pero ahora se encuentra bajo el Título 18, Crimen. Concretamente en el § 792 del Título 18 del USC y siguientes.
En un principio prohibía cualquier intento de interferir en las operaciones militares con intención de apoyar a los enemigos de Estados Unidos durante la guerra, promover la insubordinación de los militares, o interferir con el reclutamiento militar. En 1919, la Corte Suprema de los EE.UU. dictaminó por unanimidad en Schenck contra Estados Unidos que la ley no viola la libertad de expresión de las personas condenadas en virtud de sus disposiciones. La constitucionalidad de la ley, su relación con la libertad de expresión y el significado del lenguaje de la ley han sido impugnadas en los tribunales varias veces desde entonces.
Entre los que han sido acusados de delitos tipificados en la Ley están el diputado socialista germano-estadounidense y editor del periódico Milwaukee Leader Victor L. Berger, el ex presidente de Watch Tower Bible & Tract Society Joseph Franklin Rutherford, los comunistas Julius y Ethel Rosenberg, el denunciante de los Pentagon Papers Daniel Ellsberg, el filtrador de documentos diplomáticos Bradley Manning, y el presunto alertador de la NSA Edward Snowden. La condena de Rutherford fue revocada en apelación. Las secciones más controvertidas de la ley, incluyendo la sección original tercera, por la que Rutherford fue condenado, fueron derogadas en 1921.

Tomado de http://es.wikipedia.org/wiki/Ley_de_Espionaje_de_1917 el 24 de diciembre de 2014.

jueves, 5 de enero de 2012

Héroe: FERNANDO GONZÁLEZ



Héroe de la República de Cuba
Por el amor a mi patria
La realidad es que a Cuba no le queda otra alternativa que tener personas aquí que por amor a su patria y no por dinero la mantengan al tanto de los planes terroristas y le permitan evitarlos siempre que sea posible. Esa es la razón de mi presencia aquí. (Alegato presentado por el compañero Fernando González Llort en la vista de sentencia celebrada el martes 18 de diciembre del 2001) 

Héroe: RENÉ GONZÁLEZ



Héroe de la República de Cuba
No es un crimen ser dignos
Yo creo firmemente que se puede ser católico y ser buena persona, se puede ser judío y ser buena persona, se puede ser capitalista, musulmán o comunista y ser buena persona; pero no existe algo como una buena persona que sea terrorista. Hay que estar enfermo para ser terrorista, como hay que estarlo para creer que exista algo como un terrorismo bueno. (Alegato presentado por el compañero René González  en la vista de sentencia 
celebrada el viernes 14 de diciembre del 2001)